Publicado: 29 de Mayo de 2019

El Juzgado de lo Contencioso nº 2 de Burgos, anula la sanción de expulsión emitida contra un ciudadano extranjero por circunstancias familiares. Entiende que de acuerdo con el artículo 5 de la Directiva 2008/115 CE, ha de respetarse la vida familiar y en consecuencia el principio de no devolución, estimando así la demanda interpuesta por el ciudadano extranjero.

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